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¿Que es el Arraigo para la Formación?
El Arraigo para la Formación es la autorización por la que se obtiene un permiso de residencia legal en España. Las personas que lo soliciten deberán cumplir con un compromiso de formación. De esta manera se podrán incorporar al mercado laboral personas con la formación necesaria para cubrir distintos puestos de trabajo, a la par que se combate la contratación irregular y precaria de extranjeros. A través del arraigo por formación, el extranjero obtendrá una autorización de residencia con una duración de un año, al finalizar el curso el extranjero podra solicitar su permiso de trabajo con una duración de 2 años. Requisitos del arraigo para la formación Acreditar la permanencia continuada en España durante un mínimo de dos años. Carecer de antecedentes penales en su país de origen, o en los países donde haya residido en los últimos cinco años, y en España. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea ni tener prohibida la entrada en España. Abonar las tasas correspondientes. Se abonará la “Tasa de residencia temporal por circunstancias excepcionales” (Modelo 790 código 052) en un plazo de 10 días hábiles, en el momento de admisión a trámite de la solicitud. Comprometerse a realizar una formación.
La modificación en el Reglamento de Extranjería permite ahora solicitar un nuevo tipo de permiso de residencia por circunstancias excepcionales, denominado arraigo para la formación. Uno de los requisitos más importantes para solicitar esta autorización es el compromiso de realizar una formación.